Modificación referente a los permisos para votar el próximo día 21 de Diciembre, publicada en el BOE hoy 1 de Diciembre.
La única diferencia, con la anterior, es la eliminación del permiso de 3 horas, ahora los tramos de coincidencia, con el horario de los colegios electorales queda de la siguiente forma:
Si el horario del trabajador coincide en menos de 2 horas, NO TIENE permiso remunerado.
Si coincide entre 2 horas y menos de 4, le corresponden 2 HORAS de permiso.
Si se coincide a partir de 4 horas o más, el permiso retribuido el será de 4 HORAS.
LOS TRABAJADORES, QUE DISPONGAN DEL PERMISO RETRIBUIDO, DEBERAN APORTAR A LA EMPRESA JUSTIFICANTE DE HABER VOTADO, EN CASO CONTRARIO, SE LES PODRA DEDUCIR EL ABSENTISMO INJUSTIFICADO EN LA NOMINA.