PRESTACION DE DESEMPLEO PARA LOS AUTONOMOS

25/03/2020

Entre las otras medidas que se están tomando para paliar en la medida de lo posible el impacto económico del coronavirus, existe la posibilidad de que todos los cotizantes como autónomos, es decir personas físicas y autónomos societarios (administradores de las sociedades) puedan acogerse a la prestación por desempleo, cuyo importe será el 70% de la base cotizada media de los últimos seis meses.

Para ello, su actividad ha de verse afectada por un 75% menos de facturación que en el mes anterior, es decir, hay que esperar a solicitarlo a primeros de abril para justificar que en marzo se ha facturado el 75% menos que en el mes de febrero.

La forma de justificación no está todavía determinada, pero no puede ser otra que la relación de facturas de un mes y otro, dado que no se ha presentado todavía ningún impuesto trimestral.

Durante la baja por desempleo no se pagarán autónomos, sin embargo si se mantendrá la cotización apareciendo como cotizados los meses en que se esté en esta si

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